Los contribuyentes tienen un mes de plazo para solicitar el beneficio, que corre para los meses de abril, mayo, junio y julio y que contempla el 100% de descuento según el caso.
Hasta el 31 de octubre, los contribuyentes varelenses de las tasas comerciales tienen tiempo para solicitar una eximición de pago de los meses de abril, mayo, junio y julio, en virtud de una medida impulsada por el Municipio de Florencio Varela, en el marco de la emergencia sanitaria vigente por la pandemia actual.
A través del decreto Nº 1515/21, firmado por el intendente Andrés Watson, se estableció que la Administración Municipal de Ingresos Públicos (AMIP) evaluará los pedidos de eximición, que podrán alcanzar el cien por cien de acuerdo al rubro.
Para el cuatrimestre referido, los titulares de confiterías bailables, salones de fiestas, gimnasios, canchas de fútbol, natatorios, puestos de ferias, stands en vía pública, paseos de compras, salones de juegos infantiles electrónicos, bingo, cine, hoteles e institutos de danza, podrán pedir la eximición total.
En tanto, mediante la aprobación del pedido, podrán abonar la mitad de lo estipulado, las agencias de viaje, los institutos de capacitación (inglés, gastronómicos, oficios), los locales de venta de ropa, tienda, lencería, calzado, carteras, bijouterie, marroquinería, artículos de bazar, regalerías, decoración, peluquerías, centros de estética, gastronómicos y, además, los campos recreativos y deportivos.
Declaración Jurada
Quienes estén dispuestos a ser alcanzados por la medida de alivio ante los perjuicios derivados de la pandemia, deben hacer el pedido mediante la elevación de una nota dirigida al intendente Andrés Watson, la cual debe ser entregada en el Centro Integrado de Atención al Vecino (Sector Ventanilla Única).
“El contribuyente deberá ingresar una solicitud por cada Cuenta Comercio o Legajo del cual resulte titular, y en carácter de Declaración Jurada deberá consignar Nombre y Apellido; CUIT, Número de Legajo por el cual solicita la eximición; Rubro que explota; domicilio particular, domicilio comercial y número de teléfono comercial y particular”, informaron desde la Comuna varelense, respecto a la presentación del anexo del Decreto que reglamenta la disposición.
La nota deberá ser acompañada de una fotocopia del DNI del titular, constancias actualizadas de las inscripciones en A.F.I.P y en Ingresos brutos (o Convenio Multilateral); y las últimas diez declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos.
En el momento de presentarse el escrito y la documentación, también deberá ser declarada una dirección de correo electrónico del encargado del trámite.
“Al día”
Cabe destacar que para que sea viable la solicitud de eximición de tasas comerciales, el contribuyente deberá mantenerse al día en el cumplimiento de las obligaciones formales a su cargo, de acuerdo al artículo 21 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.